C.O.P.E.A.

Comité Consultivo Permanente sobre el ejercicio de la Agrimensura

Santa Fe 730  - 2000 Rosario – (Santa Fe) Tel fax (0341) 4-494131


 

 

En la XCVII° reunión del Consejo de Delegados de C.O.P.E.A., celebrada en la ciudad de La Rioja, el día 13 de julio de 2001, se aprobó por unanimidad y con voto de aplauso, la creación del “ PREMIO NACIONAL DE AGRIMENSURA: Agrim. Teodoro Schuster”.

 

A tal efecto se acompaña: “Integrantes de la Comisión de Evaluación y Antecedentes, reglamento, objetivo, alternativas A, B y C, a los cuales se ajustarán todos los Agrimensores ...”  que a través del tiempo han jerarquizado la profesión en los tópicos: científicos e investigación, gremial ó profesión liberal “  (art. 2°).

El día 15 de Setiembre de 2001, vencerá  el plazo de recepción de las ternas de candidatos para el Premio Nacional de Agrimensura, que serán remitidos a la Presidencia del C.O.P.E.A., calle Santa Fe 730, 2000 Rosario, Santa Fe.

La Comisión de “ EVALUACIÓN DE ANTECEDENTES”, estudiará las propuestas y lo elevará a la consideración definitiva de las Mesas Ejecutivas de la FADA-COPEA, quienes nominarán los ganadores del Premio Nacional de Agrimensura, en sus tres alternativas.

Para la consideración del Premio Nacional de Agrimensura, la Comisión de Evaluación de Antecedentes, se reunirá a fin del mes de Setiembre de 2001, durante la IIIa Reunión Anual de la FADA-COPEA, posiblemente en la ciudad de Resistencia, Chaco. Se invita a los Colegios de Residencia de cada miembro de la Comisión, a solventar los gastos que demande su participación (art.   )

Se recomienda en lo posible difundir la noticia por la vía más rápida y conveniente, por intermedio del Consejo o Colegio, así como de los delegados de la FADA-COPEA.

El Premio Nacional de Agrimensura, se otorgará anualmente en sus ternas de candidatos y serán proclamados en la Primera Reunión Anual del Comité Ejecutivo de la FADA-COPEA, a partir del año 2001 (art. 9°)

 

Nota de apoyo al Proyecto Nacional de Catastro que ingresó en la Cámara de Senadores de la Nación el día 23/05/01 bajo el N°628/01

 


 

COMISIÓN  DE  EVALUACIÓN  DE  ANTECEDENTES

AUTORIDADES  ELECTAS  (Período  2000 – 2002)

Presidente Agrim. Nac. Poebes Ramón VECCHIO (Santa Fe)
Vicepresidente Agrim. Héctor Osvaldo RINGA (Misiones)
Secretario Agrim. Camilo Antoniop GODOY (Prov. Bs. Aires)
Vocales Titulares: Agrim. Eduardo Jorge PEREZ (San Juan)
Ing. Agrim. Enrique Jorge DEBIASE (Córdoba)
Vocales Suplentes Agrim. Eliseo DEL RIO (Tucumán)
Agrim. Norberto ROCCA (Santa Cruz)


 

ACADEMIA NACIONAL DE LA AGRIMENSURA

 

 

Art.1°  Crear en el ámbito de la “Federación Argentina de Agrimensores” (F.A.D.A.) y del “Comité Consultivo Permanente Sobre el Ejercicio de la Agrimensura (COPEA)  la “Academia Nacional de la Agrimensura”.

 

Art.2°  La Academia tiene por objetivo, homenajear a los Agrimensores, que a  lo largo del tiempo han jerarquizado la profesión. A tal efecto se le otorgará el galardón de “ Gran Maestro de la Agrimensura”, con merecimientos y trayectoria que sean trascendentes, cada dos años.

 

Art.3°  A tal efecto se hace necesario constituir una “Comisión de la Academia”, formada por Agrimensores de reconocida labor en el campo de la Agrimensura. Se constituye la misma por: un Presidente, un Vice-Presidente, un Secretario, dos Vocales titulares y cuatro Vocales Suplentes.

 

Art.4°  Esta Comisión durará  tres años en su mandato y sus integrantes cumplen funciones ad-honorem. La renovación se hará en la última reunión anual de la F.A.D.A., cada tres años a partir del 2000.

 

Art.5°  La Comisión se reunirá periódicamente dos veces al año, en algún lugar del país, convocada por la F.A.D.A. y con la ayuda económica de los Colegios ó Consejos de residencia de  sus miembros integrantes. Podrá realizar reuniones extraordinarias.

 

Art.6°  Se otorgará el galardón de “ Gran Maestro de la Agrimensura”, a un profesional de la agrimensura, que haya actuado en la docencia o bien en lo gremial, indistintamente.

 

Art.7°  La Comisión se ajustará en los casos de dudas a lo establecido por el Estatuto de la F.A.D.A. o bien el reglamento del COPEA.

 

Art.8°  Una vez que la Comisión de la Academia, designe a los candidatos para “Gran Maestro de la Agrimensura”, deberán ser propuestos a la Junta de Gobierno de la F.A.D.A. y al Consejo de Delegados del COPEA, para su aprobación definitiva, siendo su fallo inapelable.

 

Art.9°  Cada profesional galardonado con el título de “Gran Maestro de la Agrimensura”, recibirá en un acto una plaqueta recordatoria.

 


 

                            Presidente:       Agrim. Carlos Alberto Báez

                            Vicepresidente: Agrim. Nac. José V. Albarenque

                            Secretario:        Agrim. Nac. Jorge Omar Debarbora

 

 

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